Acuerdo en castellano
El gobierno provisional de la República de Santo Maté, encabezado por el Archiduque José C. y El Imperio Gin, guiados por el deseo de fortalecer la causa de la paz entre ambas macetas, han llegado al acuerdo siguiente:
- Las dos partes se obligan a abstenerse de todo acto de violencia y de toda maniobra agresiva, y de todo ataque la una contra la otra, y esto, tanto solas como con la ayuda de otras macetas.
- Los gobiernos de las dos partes contratantes permanecerán en adelante en contacto para consultarse e informarse mutuamente de los problemas relativos a sus intereses comunes.
- Ninguna de las dos partes podrá participar en ninguna asociación de macetas dirigidas, directa o indirectamente, contra la otra parte.
- Si surgiesen diferencias o conflictos entre las partes sobre cuestiones de cualquier naturaleza, las dos partes resolverán diferencias o conflictos por la vía de un cambio de impresiones amistoso o, si fuese necesario, mediante una Comisión de arbitraje.
- El presente tratado se concluye por el período de un año, conviniéndose que, mientras que una de las dos partes no lo manifieste un mes antes de la expiración de este plazo, la duración de la validez del presente contrato es ampliada automáticamente por la duración de otro año.
- El presente contrato debe ser ratificado en el plazo más breve posible y el tratado entra en vigor en el momento de su firma.
- Por su parte, la república de Santo Maté ofrece, a título particular, a la Emperatriz Ginseng el honor de asistir a la Ceremonia Anual del Tomate Partío como invitada de honor, en cuanto los frutos de nuestra cosecha estén listos para ser recogidos.
6 de febrero de 2022.
Por el Gobierno de la República de Santo Maté.
Por el Gobierno de El Imperio Gin.
Archiduque José C.
Emperatriz Ginseng.